Hay que tener en cuenta la necesidad legal de probar posibles fugas de calor y energía
Buscar el consumo eficiente, el ahorro y cuidar el medio ambiente. La energía es necesaria, como también lo es no despilfarrarla y apostar por las energías renovables. Una iniciativa europea insta a todos los estados miembros a cumplir con un comportamiento eficiente en lo que a energía se refiere. Esta propuesta se materializa a través de la Directiva 2002/92/CE y después con su modificación con la Directiva 2012/31/UE, estas normativas establecen unas exigencias sobre la certificación energética que deben tener todos los edificios de la Comunidad Europea.
Las directivas europeas deben ser transpuestas por los estados miembros y España las adopta en primer lugar a través del Real Decreto 47/2007 y posteriormente a través del Real Decreto 235/2013. Con este último decreto, desde el 1 de junio de 2013 se establece la obligatoriedad de cumplir con el hecho de que los edificios tengan que disponer de un certificado de eficiencia energética. Este certificado se obtiene a través de un técnico que cuente con la formación y titulación competente (arquitectos, ingenieros…) y es necesario que se disponga de ello cualquier propietario que tenga en mente vender o alquilar el inmueble. Además este documento deberá estar incluido dentro de la documentación de la compraventa o arrendamiento.
¿Qué inmuebles no necesitan el certificado?
Los inmuebles que sí requieren este certificado son aquellos edificios de nueva construcción, aquellos que en su totalidad o parte se vayan a vender o a alquilar a una persona nueva y aquellos que en su totalidad o parte quede ocupada por una autoridad pública (más de 250 metros cuadrados).
Ya sabemos qué edificios sí necesitan de la certificación, pero ¿qué inmuebles quedan fuera de esta obligación?
Hay que destacar que el Real Decreto también contempla que no necesitan un certificado de eficiencia energética los edificios que se compren para realizar una gran reforma o que se adquieran para posteriormente demolerlos.
Fuente: economia.elpais.com (ver noticia)
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