El pasado día 9 de enero de 2013, era un día señalado en rojo por la Unión Europea, pues se cumplía la fecha límite para que los diferentes Países Miembros aplicaran nuevas medidas referentes a la eficiencia energética en la edificación.
Aprovechando esta fecha, en AYE, hemos querido dar a conocer el contexto legislativo en el que se encuentra España, como miembro de la UE.
Esta Directiva entró en vigor el 4 de enero de 2003, con un margen de aplicación por parte de los Estados miembros de la Unión Europea de tres años. Fue inspirada por el Protocolo de Kyoto, donde la Unión Europea se comprometía a reducir sus emisiones de CO2. El objetivo era fomentar la eficiencia energética de los edificios de la Comunidad Europea, teniendo en cuenta las condiciones climáticas exteriores y las particularidades locales, así como los requisitos ambientales interiores y la relación coste-eficacia.
La Directiva establecía cinco líneas de actuación a través de siete artículos:
En los dos últimos puntos, que hacen referencia a los artículos 7, 8 y 9, la Directiva consideraba que debido a la escasez de especialistas cualificados o acreditados, los Estados miembros podrían disponer de un período adicional de tres años para aplicarlos plenamente, lo que nos sitúa en la fecha límite del 4 de enero de 2009 .
Según esta Directiva, son los Estados Miembros los encargados de poner en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido.
En España, las tres primeras líneas de actuación de esta directiva se reflejan en, el Documento Básico Ahorro de Energía (HE) del Código Técnico de la Edificación, el Reglamento de Instalaciones Técnicas en los Edificios (RITE), el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción, y en la Ley de Economía Sostenible.
La Directiva 2002/91/CE fue refundida tras un largo proceso legislativo, desarrollado, entre los años 2008 y 2010, que resultó en la “Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y Del Consejo, de 19 de Mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios.
En esta nueva directiva se amplían las líneas de actuación existentes y se incluyen dos nuevas:
La aplicación de esta nueva directiva tenía como fecha límite el pasado día 9 de enero de 2013.
A día de hoy en España, nos encontramos a la espera de la aprobación de algún tipo de documento (ley, decreto, norma…) por medio del cual se regule el cumplimiento de la expectativas de la UE. Y se nos agotan los plazos, pues ya en noviembre de 2011 la Comisión Europea llevó al Tribunal Europeo de Justicia la inexistencia en nuestro país de métodos de cálculo de eficiencia energética para la certificación de edificios existentes.
Desde AYE, esperamos que en breve las leyes españolas sean capaces de dar soporte completo a una de las principales necesidades actuales, la EFICIENCIA ENERGÉTICA EN LA EDIFICACIÓN.
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