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LA NUEVA DIRECTIVA EUROPEA SOBRE EFICIENCIA ENERGÉTICA NOS AFECTARÁ MÁS A TODOS

29/10/2012

Los números no le salen a la UE y ha tenido que modificar las anteriores directivas relacionadas con el famoso 20/20/20 para fijar una serie de medidas de obligado cumplimiento para los estados así como nuevas recomendaciones y un calendario de seguimiento de resultados.

La Comisión Europea ha llegado a la conclusión de que con las medidas actuales de eficiencia energética no se llegaba al objetivo de reducción del 20% del consumo energético previsto para el 2020, quedándose en menos de la mitad, sólo un 45%, así que en junio se redactó una nueva directiva referente a la Eficiencia Energética y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE y 2006/32/CE y el pasado 4 de Octubre, el Parlamento Europeo la aprobó.

Esta nueva Directiva pretende impulsar la eficiencia energética en el ámbito europeo para alcanzar dicho objetivo el 2020 preparando también el terreno para establecer objetivos más ambiciosos de cara al 2050. Este impulso se realizará mediante una serie de acciones que deben tomar todos los actores en la cadena de la energía: estados, particulares, Pymes y grandes empresas así como compañías energéticas.

En concreto los estados deben promover:

A nivel Administración Pública

  • A partir del 1 de enero de 2014, el 3 % de la superficie edificada total propiedad de sus organismos públicos se renueve cada año de manera que cumplan los requisitos fijados Este porcentaje del 3 % se calculará sobre la superficie edificada total de edificios de más de 250 m2. Para llevarlo a cabo, cada estado deberá inventariar sus edificaciones, haciendo pública la relación de m2 y el rendimiento energético de cada edificio.
  • Los Estados velarán por que los organismos públicos adquieran sólo productos, servicios y edificios que tengan un alto rendimiento energético, y además alentarán a los organismos públicos a adoptar un plan de eficiencia energética y a implantar un sistema de gestión energética dentro de la aplicación de su plan.

 

A nivel compañía energética-consumidor

Las empresas energéticas (distribuidoras o comercializadoras) deberán reducir un 1,5% anual el volumen total de la energía de entrega a sus clientes, mediante campañas de ahorro energético. Queda fuera de este computo la energía utilizada para el transporte y las pequeñas empresas energéticas de menos de 75GWh/año.

 

Auditorías energéticas

  • Los Estados miembros fomentarán que los clientes finales de todo tipo (hogares, pymes, industrias, etc.) pueden acceder a auditorías energéticas asequibles y realizadas de manera independiente por expertos cualificados o acreditados.
  • Se establecerá un calendario trianual para que las grandes empresas realicen auditorías energéticas, empezando a más tardar el 30 de Junio de 2014.

 

Potenciación de la información al consumidor

  • Mediante instalación de contadores inteligentes para los consumidores de electricidad, gas natural, calefacción o refrigeración urbana y suministro urbano de agua caliente doméstica, con información detallada horaria.
  • En el caso de la electricidad y a petición del cliente, la compañía se asegurará de que su contador sea bidireccional para contabilizar exportaciones a la red.
  • A partir del 1 de enero de 2015, las facturas deben representar consumos reales y deben adjuntar información específica y apropiada para que los consumidores reciban un resumen completo de sus costes energéticos. Además la periodicidad será:
    • Mensual para la electricidad, calefacción y refrigeración central.
    • Bimensual para el gas natural y el agua caliente.
  • Para poder reaccionar convenientemente, los consumidores de electricidad, tendrán señales de precios en función de picos críticos, de rebajas de consumo en dichos picos, del precio de mercado en cada momento y horarias.

 

Potenciación de las redes urbanas de calefacción y refrigeración

El 1 de Enero de 2014, los estados publicarán planes para el desarrollo de  infraestructuras urbanas de distribución de calefacción y refrigeración eficientes. El frío y/o calor, procederá de instalaciones de cogeneración, así como de la reutilización de calor residual industrial.

Los estados tienen un año desde la publicación para transponer la correspondiente normativa nacional, lo que nos sitúa a finales del 2013 como de obligado cumplimiento. Teniendo en cuenta que hay medidas que deben cumplirse para el primer semestre del 2014, lo lógico es pensar que saldrán más a mediados del 2013 que a finales.

Cada año los estados enviarán los resultados estadísticos de la evolución de objetivos a la Comisión para su análisis. En Junio del 2014 se publicará una evaluación de objetivos y caso de no cumplirse en algún estado, la Comisión Europea generará una propuesta legislativa que establezca objetivos nacionales obligatorios.

La aplicación estricta de esta nueva directiva implicará a todos los actores y será beneficiosa para el conjunto de la sociedad, potenciando la eliminación de trabas administrativas en sistemas de autoconsumo, áreas tecnológicas en cogeneración y microcogeneración o la creación de nuevos puestos de trabajo relacionados con la eficiencia energética (instalaciones, auditores energéticos, empresas de servicios energéticos, etc.). Ahora nos toca concienciarnos a todos que la energía barata...¡ya no existe!

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